“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONOMICA Y SOCIAL DEL PERÚ”
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2010-MPM
Moyobamba, 11 de Febrero del 2010.
VISTO:
La Ordenanza N° 133-MPM, del 10 de Abril del 2006.
La Resolución Gerencial Nº 016-2010-MPM/GSMyMA, del 05 de Febrero del 2010.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su artículo II del Título Preliminar señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que es atribución del Alcalde: “Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”. Asimismo, el artículo 42° de la mencionada ley orgánica establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.
Que, el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 133-MPM, de fecha 10 de Abril del 2006, establece que las campañas de recojo y eliminación de inservibles se realizará el tercer domingo del mes de Abril de cada año. Así pues, para el presente año, y mediante Resolución Gerencial Nº 016-2010-MPM/GSMyMA, de fecha 05 de Febrero del 2010, se aprobó el “Plan Operativo de la IX Campaña de Recojo y Eliminación de Depósitos Inservibles en la ciudad de Moyobamba”, elaborado por la Oficina de Medio Ambiente y Saneamiento Ambiental de nuestra Municipalidad Provincial de Moyobamba.
Que, la finalidad de la IX Campaña de Recojo y Eliminación de Depósitos Inservibles es tratar de disminuir el índice de infestación domiciliaria del “Aedes Aegypti”, debido a su notable incremento en nuestra ciudad capital; por tanto, es menester emitir el Decreto de Alcaldía que reglamente dicha campaña, en consonancia con el plan operativo mencionado en el considerando precedente. Asimismo, es necesario señalar que la presente campaña es adoptada como una excepción debido a la actual coyuntura de nuestra ciudad de Moyobamba, en relación directa entre el Aedes Aegypti y la enfermedad del Dengue que actualmente azota a nuestra población, debiéndose tener presente para lo señalado en el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 133-MPM.
Estando a lo expuesto y con la atribución que señala el artículo 20º, numeral 6, y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades; así como en virtud al numeral 6 del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, debidamente aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 092-MPM, el Alcalde Municipal Provincial de Moyobamba;
DECRETA:
Artículo 1ro.- EJECUTAR, el día domingo 21 de Febrero del 2010, la IX Campaña de Recojo y Eliminación de Depósitos e Inservibles en la ciudad de Moyobamba, conforme a su Plan Operativo, debidamente aprobado mediante Resolución Gerencial Nº 016-2010-MPM/GSMyMA.
Artículo 2do.- DECLARAR la restricción del tránsito vehicular urbano en el horario de las 06:00 a.m. hasta las 1:00 p.m. del día 21 de Febrero del 2010 en las zonas que estime necesario la Oficina de Servicios Comunales y la Oficina de Transporte y Transito Urbano de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, en coordinación con la Policía Nacional del Perú de nuestra ciudad.
Artículo 3ro.- REMITIR el presente decreto a la Gobernación, Policía Nacional del Perú, Comités de Transportes, instituciones públicas y privadas, y a los diversos medios de comunicación de nuestra ciudad.
Artículo 4to.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional y a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e Informática la difusión y publicación del presente decreto en el portal web de la Municipalidad Provincial de Moyobamba.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE.